Calculadora laboral

Ten a la mano tus fechas y tu recibo de nómina o de honorarios. Completa cuatro pasos para obtener una estimación bruta en pesos.

¿Qué datos tomo del recibo de nómina o de honorarios?

Sueldo mensual: captúralo con periodicidad mensual. Si usas el salario regular del periodo, selecciona el periodo que cubre. No ingreses ambos importes ni uses el neto a pagar: ya tiene deducciones.

Días pagados y periodo cubierto: ayudan a confirmar la periodicidad y el último día cubierto por el salario. La fecha de expedición o depósito no necesariamente es el último día pagado.

Premios de puntualidad, asistencia y otras percepciones: revisa su naturaleza y regularidad antes de incorporarlos al salario integrado laboral. El salario para IMSS no sustituye automáticamente esa base. No sumes el total devengado sin revisar los conceptos.

La fecha de ingreso, la salida y los saldos de vacaciones o aguinaldo pueden requerir contrato, otros recibos y registros. Herramienta para salario fijo y relación por tiempo indeterminado; no incluye ISR, PTU, salarios vencidos, intereses ni regímenes especiales. Los cálculos son aproximados y se realizan en tu navegador.

Si te pagaban por honorarios: captura el importe bruto de tus honorarios, antes de la retención de ISR, y selecciona el periodo que cubría cada pago. No uses el importe neto depositado. No incluyas IVA trasladado ni reembolsos de gastos. La existencia de la relación de trabajo y la base salarial deben revisarse en tu caso; el cálculo presupone una relación laboral y una remuneración fija.

Primera consulta sin costo · CDMX y Estado de México

1. Relación de trabajo

Antigüedad calculada con el calendario

Selecciona las dos fechas en el calendario. Aquí se mostrará tu antigüedad en años, meses y días, incluyendo el día de salida.

Ingresa las cuatro fechas para sugerir antigüedad, periodo de aguinaldo y días de salario pendientes.

2. Prestaciones pendientes

La sugerencia solo incluye el ciclo en curso. Agrega saldos anteriores y descuenta vacaciones disfrutadas o pagadas.

3. Bases para indemnizaciones
Integra únicamente aguinaldo y prima vacacional anuales con divisor 365. Otras percepciones pueden modificar la base.
4. Términos de uso y alcance del cálculo

Esta herramienta proporciona una estimación orientativa; no una cantidad exacta, definitiva ni garantizada. El resultado se obtiene a partir de los datos y supuestos que ingresas. Puede cambiar al revisar recibos de nómina, contratos, fechas, prestaciones pactadas, pagos previos y demás documentos de la relación laboral.

El desglose incluye únicamente los conceptos mostrados que correspondan al escenario seleccionado. No significa que todos sean exigibles en tu caso. La procedencia de las indemnizaciones y prestaciones, así como el monto que pudiera acordarse en conciliación o determinarse mediante una resolución, requieren una valoración individual.

El cálculo no sustituye la asesoría jurídica ni constituye una resolución de una autoridad laboral. Antes de aceptar un convenio o tomar una decisión, solicita la revisión de tu caso con Asesoría Laboral en el Valle de México. Verifica que los datos sean correctos y que las cantidades no hayan sido pagadas previamente.

Paso 1 de 4

Los datos del cálculo se procesan en tu navegador y no se envían automáticamente al despacho. Si decides compartirlos por WhatsApp, recibiremos la información que envíes.

Cómo se calcula y fundamentos legales

Cómo se calcula

  • Las fechas sugieren antigüedad, días del año para aguinaldo y un intervalo de salarios pendientes. La fecha de salida determina la antigüedad y el periodo de aguinaldo; el último día trabajado puede ser anterior. Los campos sugeridos son editables y deben ajustarse a pagos e incidencias.
  • Salario diario ordinario: importe ÷ 1, 7, 14, 15 o 30 según la periodicidad. Aguinaldo proporcional: diario × días anuales de aguinaldo × días pendientes del año ÷ 365 o 366.
  • La sugerencia de vacaciones toma los días anuales del ciclo actual por la fracción transcurrida desde el último aniversario. No presume saldos anteriores ni descuenta días disfrutados. La integración sugerida es diario × [1 + aguinaldo anual ÷ 365 + vacaciones anuales × prima ÷ 100 ÷ 365].
  • Vacaciones pendientes: diario × días ingresados. Prima vacacional: vacaciones × porcentaje. Para vacaciones ya pagadas cuya prima siga pendiente, registra esa prima en «otras prestaciones», sin duplicar vacaciones.
  • Prima de antigüedad: 12 días × años con fracción × base entre uno y dos salarios mínimos. Se incluye por despido y por renuncia con al menos 15 años. Mutuo acuerdo requiere revisión y no se agrega automáticamente.
  • Despido injustificado: 90 días de salario integrado laboral. La opción de 20 días por año se suma separadamente solo si se activa y el supuesto legal procede.

Revisa tus vacaciones antes de ingresar el saldo

Los días mínimos anuales por años cumplidos son 12, 14, 16, 18 y 20 del primero al quinto; 22 del sexto al décimo. Separa saldos de años cumplidos y proporcionales del ciclo actual, descontando lo disfrutado o pagado. Los contratos pueden mejorar estos mínimos.

La herramienta estima cantidades bajo los supuestos elegidos; no determina si hubo despido injustificado, la procedencia de una acción o la prescripción de prestaciones.

LFT: arts. 48–52, 76–80, 84, 87, 89, 162 y 485–486 · CONASAMI: salario mínimo 2026

Consultar la calculadora de referencia de conciliación laboral. Esta herramienta es independiente; utiliza los datos y supuestos mostrados y puede arrojar resultados diferentes.